AYUDAS DE COMEDOR Y TRANSPORTE ESCOLAR

Ya se ha publicado la resolución de las ayudas de comedor y transporte escolar para el próximo curso 2018-2019. Acudid al centro para formalizar la ayuda de comedor para el curso próximo.
Ya tenéis toda la información y podéis consultar en el centro cualquier duda que os surja a este respecto. Solo recordaros que el plazo termina el próximo 2 de julio.

Esta es la información resumen de la convocatoria que enviamos a las familias.



Estimadas familias:
Ya han sido publicadas las ayudas de servicio de comedor y transporte escolar, Resolución de 6 de junio de 2018, es por ello que queremos hacerles llegar para su conocimiento cuales son los documentos que deben acompañar a la presentación de dicha ayuda. No se tendrán en cuenta aquellas circunstancias que no estén debidamente documentadas con las fotocopias acreditativas de las mismas.
ACLARACIÓN PRINCIPAL: Esta ayuda se ciñe a un baremo económico en todos los casos, por lo que los solicitantes de la misma (padre y madre/ tutor/a legal, ambos dos) deberán estar al día con la presentación del Certificado de imputaciones del IRPF del ejercicio 2017 en Hacienda. El incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de uno o ambos progenitores excluye al alumno/a inmediatamente del derecho a esta ayuda. En caso de familias separadas, divorciadas o parejas de hecho se tendrán en cuenta los datos económicos de la nueva pareja con quien conviva el alumno/a.
ALUMNADO QUE YA SOLICITÓ AYUDA DE COMEDOR EL CURSO 2017-2018
Podrá solicitar un borrador que el centro educativo emitirá de oficio con los datos pregrabados en el sistema (siempre y cuando no existan variaciones en la situación familiar). Si los solicitantes están de acuerdo con este borrador, lo firmarán y entregarán en el centro. En estos casos no se habrá de aportar ninguna documentación justificativa. Conselleria procederá a consultar los datos de renta familiar y baremará la solicitud.
ALUMNADO QUE EN EL CURSO 2017-2018 NO SOLICITÓ AYUDA PARA COMEDOR ESCOLAR
Los solicitantes de la ayuda presentarán el anexo I, cumplimentado y adjuntando la documentación acreditativa que se requiere en esta convocatoria.
Documentación obligatoria: Fotocopia DNI/NIF/pasaporte/NIE de las personas solicitantes (padre/madre/tutores)
La documentación necesaria para acreditar la composición de la unidad familiar, la renta familiar y aquellos datos sociofamiliares que son tomados en consideración para la concesión. SE PRESENTARÁ LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL Y EN EL CENTRO SE COMPULSARÁ LA COPIA QUE APORTARÁ LA FAMILIA.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Hasta el día de finalización del periodo de formalización de la matrícula: 2 de julio.
HORARIO DE SECRETARÍA PARA RECOGIDA DE SOLICITUDES
Semana del 18 al 22 de junio: De 13:00 h. a 14:00horas.
Del día 22 de junio al 2 de julio: De 9:00h a 11:00 horas.
Puede encontrar toda la documentación relativa a la concesión de estas ayudas en la siguiente página web.


Al dorso, resumen de las circunstancias y su justificación.
Beneficiario directo: Alumnado escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en este oferta educativa.
Certificado del ayuntamiento a que pertenezca el núcleo de población.
No válido para urbanizaciones de la misma población sin carácter de núcleo histórico.
Alumnado que se encuentre en situación de acogida familiar o residencial, así como los hijos o hijas de familias acogedoras.
Certificado expedido por la persona titular del centro residencial de protección de menores, o Certificado expedido por los servicios territoriales.
Resolución administrativa o judicial.
Los hijos/as de víctimas de violencia de género.
Copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima o sentencia definitiva condenatoria que esté vigente durante la tramitación de la ayuda.
Los hijos/as de víctimas de terrorismo.
Copia compulsada de la resolución correspondiente del Ministerio del Interior.
El alumnado destinatario de la renta valenciana de inclusión.
Copia compulsada de la resolución de la persona titular de la prestación de esta renta.
Beneficiario con carácter asistencial:
RENTA PER CÁPITA
La familia que no haya presentado la declaración de la renta del ejercicio 2017, deberá presentar junto a la solicitud de la beca el certificado de imputaciones de IRPF de dicho ejercicio.
Miembros de la unidad familiar
Copia compulsada del libro de familia.
Carnet de familia numerosa (solicitud de renovación)
Certificado de discapacidad.
Divorcio o separación legal de los padres
No se considerará miembro computable el que no conviva con la persona solicitante de la ayuda.
El nuevo cónyuge o persona unida tendrá consideración de miembro computable, la renta de la cual se incluirá dentro del cómputo de la renta familiar.
Certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento.
En el caso de custodia compartida
Se considerarán miembros de la unidad familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre empadronado el alumnado.
Sentencia judicial, certificado de empadronamiento y/o certificado de convivencia del ayuntamiento.
Situaciones socio-familiares: (2 puntos máximo)

Hijo de familia monoparental
Título de familia monoparental.
Condición de persona refugiada
Copia compulsada de la documentación Ministerio Int.
Desocupación o paro del padre y madre, sin percibir ninguno de los dos prestación o subsidio.
Se realiza de oficio por la administración.
Persona toxicómana, alcohólica o reclusa.
Certificado del director del centro penitenciario.
Familia numerosa
Título de familia numerosa en vigor.
Diversidad funcional igual o superior al 33%
Fotocopia del grado de discapacidad Bienestar Social
Huérfano absoluto
Certificado del Registro Civil o libro de familia.
La puntuación máxima a obtener sumando la puntuación obtenida en el apartado 1: Renta per cápita y el apartado 2: Situaciones socio-familiares no podrá ser superior a 20 puntos.
Los equipos directivos de los centros comprobarán la veracidad y correcta cumplimentación de las solicitudes que serán firmadas por ambos, padre y madre/ tutores legales o persona unida por relación análoga siempre que convivan con el alumno/a. Los miembros de la unidad familiar por medio de la firma en el impreso de solicitud, autorizan a la Conselleria de Educación a obtener toda la información relativa a su situación económica y laboral necesaria para la tramitación de esta ayuda.
Una vez publicadas las listas provisionales de ayudas, se abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones y aportar la documentación necesaria.

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