AYUDAS DE COMEDOR Y TRANSPORTE ESCOLAR
Ya se ha publicado la resolución de las ayudas de comedor y transporte escolar para el próximo curso 2018-2019. Acudid al centro para formalizar la ayuda de comedor para el curso próximo.
Ya tenéis toda la información y podéis consultar en el centro cualquier duda que os surja a este respecto. Solo recordaros que el plazo termina el próximo 2 de julio.
Esta es la información resumen de la convocatoria que enviamos a las familias.
Esta es la información resumen de la convocatoria que enviamos a las familias.
Estimadas familias:
Ya han sido publicadas las ayudas
de servicio de comedor y transporte escolar, Resolución de 6 de junio de 2018, es por ello que queremos hacerles
llegar para su conocimiento cuales son los documentos que deben acompañar a la
presentación de dicha ayuda. No se
tendrán en cuenta aquellas circunstancias que no estén debidamente documentadas
con las fotocopias acreditativas de las mismas.
ACLARACIÓN PRINCIPAL: Esta ayuda se ciñe a un baremo económico en todos
los casos, por lo que los solicitantes de la misma (padre y madre/ tutor/a
legal, ambos dos) deberán estar al día con la presentación del Certificado de imputaciones
del IRPF del ejercicio 2017 en Hacienda. El incumplimiento de las obligaciones
fiscales por parte de uno o ambos progenitores excluye al alumno/a
inmediatamente del derecho a esta ayuda. En caso de familias separadas,
divorciadas o parejas de hecho se tendrán en cuenta los datos económicos de la
nueva pareja con quien conviva el alumno/a.
ALUMNADO QUE YA SOLICITÓ AYUDA DE COMEDOR EL CURSO 2017-2018
Podrá solicitar un borrador que
el centro educativo emitirá de oficio con los datos pregrabados en el sistema
(siempre y cuando no existan variaciones en la situación familiar). Si los
solicitantes están de acuerdo con este borrador, lo firmarán y entregarán en el
centro. En estos casos no se habrá de aportar ninguna documentación
justificativa. Conselleria procederá a consultar los datos de renta familiar y
baremará la solicitud.
ALUMNADO QUE EN EL CURSO 2017-2018 NO SOLICITÓ AYUDA PARA COMEDOR
ESCOLAR
Los solicitantes de la ayuda
presentarán el anexo I, cumplimentado y adjuntando la documentación acreditativa
que se requiere en esta convocatoria.
Documentación obligatoria:
Fotocopia DNI/NIF/pasaporte/NIE de las personas solicitantes
(padre/madre/tutores)
La documentación necesaria para
acreditar la composición de la unidad familiar, la renta familiar y aquellos
datos sociofamiliares que son tomados en consideración para la concesión. SE
PRESENTARÁ LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL Y EN EL CENTRO SE COMPULSARÁ LA COPIA QUE
APORTARÁ LA FAMILIA.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
Hasta el día de finalización del periodo de
formalización de la matrícula: 2 de julio.
HORARIO DE SECRETARÍA PARA RECOGIDA DE
SOLICITUDES
Semana del 18 al 22 de junio: De 13:00 h. a
14:00horas.
Del día 22 de junio al 2 de julio: De 9:00h
a 11:00 horas.
Puede encontrar toda la documentación
relativa a la concesión de estas ayudas en la siguiente página web.
Al dorso, resumen de
las circunstancias y su justificación.
Beneficiario
directo: Alumnado escolarizado
obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia
por no existir en este oferta educativa.
|
Certificado del ayuntamiento a que
pertenezca el núcleo de población.
No válido para urbanizaciones de la
misma población sin carácter de núcleo histórico.
|
Alumnado que se encuentre en situación
de acogida familiar o residencial, así como los hijos o hijas de familias
acogedoras.
|
Certificado expedido por la persona
titular del centro residencial de protección de menores, o Certificado
expedido por los servicios territoriales.
Resolución administrativa o judicial.
|
Los hijos/as de víctimas de violencia
de género.
|
Copia compulsada de la orden de
protección a favor de la víctima o sentencia definitiva condenatoria que esté
vigente durante la tramitación de la ayuda.
|
Los hijos/as de víctimas de
terrorismo.
|
Copia compulsada de la resolución
correspondiente del Ministerio del Interior.
|
El alumnado destinatario de la renta
valenciana de inclusión.
|
Copia compulsada de la resolución de
la persona titular de la prestación de esta renta.
|
Beneficiario
con carácter asistencial:
RENTA
PER CÁPITA
|
La familia que no haya presentado la
declaración de la renta del ejercicio 2017, deberá presentar junto a la
solicitud de la beca el certificado de imputaciones de IRPF de dicho
ejercicio.
|
Miembros de la unidad familiar
|
Copia compulsada del libro de familia.
Carnet de familia numerosa (solicitud
de renovación)
Certificado de discapacidad.
|
Divorcio o separación legal de los
padres
|
No se considerará miembro computable
el que no conviva con la persona solicitante de la ayuda.
El nuevo cónyuge o persona unida
tendrá consideración de miembro computable, la renta de la cual se incluirá
dentro del cómputo de la renta familiar.
Certificado de convivencia expedido
por el ayuntamiento.
|
En el caso de custodia compartida
|
Se considerarán miembros de la unidad
familiar aquellos que convivan en el domicilio en que se encuentre
empadronado el alumnado.
Sentencia judicial, certificado de
empadronamiento y/o certificado de convivencia del ayuntamiento.
|
Situaciones
socio-familiares: (2 puntos máximo)
|
|
Hijo de familia monoparental
|
Título de familia monoparental.
|
Condición de persona refugiada
|
Copia compulsada de la documentación
Ministerio Int.
|
Desocupación o paro del padre y madre,
sin percibir ninguno de los dos prestación o subsidio.
|
Se realiza de oficio por la
administración.
|
Persona toxicómana, alcohólica o
reclusa.
|
Certificado del director del centro
penitenciario.
|
Familia numerosa
|
Título de familia numerosa en vigor.
|
Diversidad funcional igual o superior
al 33%
|
Fotocopia del grado de discapacidad
Bienestar Social
|
Huérfano absoluto
|
Certificado del Registro Civil o libro
de familia.
|
La puntuación máxima a obtener sumando la puntuación obtenida
en el apartado 1: Renta per cápita y el apartado 2: Situaciones
socio-familiares no podrá ser superior a 20 puntos.
Los equipos directivos de los centros comprobarán la
veracidad y correcta cumplimentación de las solicitudes que serán firmadas por
ambos, padre y madre/ tutores legales o persona unida por relación análoga
siempre que convivan con el alumno/a. Los miembros de la unidad familiar por
medio de la firma en el impreso de solicitud, autorizan a la Conselleria de
Educación a obtener toda la información relativa a su situación económica y
laboral necesaria para la tramitación de esta ayuda.
Una vez publicadas las listas provisionales de ayudas, se
abrirá un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones y aportar la
documentación necesaria.
Comentarios
Publicar un comentario